La comunidad estructura su régimen económico a través de sus presupuestos que definen el alcance y contenido de aquél.
Dichos presupuestos, de ejecución y vigencia anuales, contemplan de modo equilibrado los gastos y los ingresos, y atienden, de modo especial, la financiación de las obras y obligaciones de naturaleza tributaria y gastos de personal. En todo caso se rigen por el principio de proporcionalidad, de forma que los gastos e ingresos son directamente proporcionales a las cuotas de participación de cada uno de los comuneros.
La comunidad formula sus cuentas anuales a partir de los registros contables, aplicando los principios contables y criterios de valoración recogidos en el RD 1514/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad y el resto de disposiciones vigentes en materia contable, mostrando la imagen fiel del estado económico y financiero de la misma.