Las comunidades de regantes son corporaciones de derecho público, adscritas al organismo de cuenca, en nuestro caso a la Confederación Hidrográfica del Júcar, que se encargan de organizar los aprovechamientos colectivos de las aguas públicas, superficiales y subterráneas que le son comunes.
Son organizaciones de riego genuinamente españolas y con origen milenario, basadas en sistemas y reglas propias de romanos y árabes.
En ellas los agricultores se agrupan con la finalidad de autogestionarse para distribuir el agua del riego de un modo eficaz, ordenado y equitativo entre sus miembros.
En principio nuestra función está dedicada exclusivamente a la realización de servicios de distribución de agua para uso agrícola a los propietarios regantes y demás usuarios que tienen derecho al aprovechamiento de las aguas del canal Cota 220.
2.847 Hectáreas
1.750 Comuneros